CSJ declara inconstitucional prohibición a profesores de 75 años de edad seguir ejerciendo
Este fallo se encuentra en proceso de notificación.
El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucionales dos artículos del Estatuto de la Universidad de Panamá (UP), que impiden a profesores de 75 años de edad seguir ejerciendo en esa casa de estudios.
Se trata del Artículo 182-A y 182-B que incluían las frases “por tener setenta y cinco años de edad” y “finalizará automáticamente su relación laboral con la Universidad de Panamá”.
La decisión surge a raíz de demandas de inconstitucionalidad presentadas por separado por Tiburcio Rodríguez Batista en representación de Ramón Antonio Ehrman Phillips y Cuba Nelson Villarreal; por el licenciado Roberto Enrique Fuentes, apoderado de José Del Rosario Garrido; y el licenciado Abner Alberto Palacios S., en representación de Rogelio Valenzuela Díaz, Manuela Foster Vega y Hugo Pereira Serracín.
Los docentes universitarios señalan que lo establecido en estos artículos del estatuto universitario es violatorio de los artículos 17, 19, 64 y 71 de la Constitución Nacional, sobre derechos y garantías fundamentales, no discriminación, y derecho al trabajo.
El pleno coincidió en que ambos artículos del Estatuto de la UP vulneran varios artículos de la Constitución.